Ficha Técnica
Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos
La presente convención fue efectuada y aprobada por la Organización de las Naciones Unidas, en noviembre de 2000, al suscribir en Palermo (Italia), la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, con el propósito de promover la cooperación para prevenir y combatir más eficazmente la delincuencia organizada que afecta a la comunidad internacional.
En dicha convención se demostró la voluntad política de la comunidad internacional al abordar un problema mundial actuando por medio de una reacción mundial. Allí se dijo que: “Si la delincuencia atraviesa las fronteras, lo mismo hay que hacer con la ley”.
La convención como tal es un acuerdo legalmente vinculante, pero si bien es cierto su eje no es la lucha contra la corrupción si estableció medidas contra las mismas. Para tal fin en el artículo 8° La Penalización de la corrupción”, allí se estipuló que cada estado adoptara medidas legislativas para tipificar como delito, cuando se efectué promesa u ofrecimiento a un funcionario público, de un beneficio indebido que redunde en provecho propio, así mismo cuando se haga la solicitud o la aceptación por un funcionario de un beneficio indebido, cuando actúe o se abstenga de actuar en el cumplimiento de sus funciones.
De igual forma en dicha convención se estableció en el artículo 9° Medidas contra la Corrupción y en el artículo 11° Proceso, fallo y sanciones, por delitos tipificados en los artículos 3, 6 y 8 de la Convención, para prevenir, disuadir y combatir por parte de la comunidad internacional, los delitos allí consagrados, de manera eficaz y coordinada en contra de la delincuencia organizada transnacional.
Tratado Internacional
Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos
Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos
Diciembre 11 al 17 de 2000. Palermo- Italia
Naciones Unidas. Oficina contra las Drogas y el Delito.
Convención celebrada para promover la corporación en aras de prevenir y combatir la delincuencia organizada en todos los países miembros de las Naciones Unidas. De resaltar lo contemplado en los artículos 8, 9 y 11 de la Convención, donde se trata el tema de la corrupción.
Convención, Estado parte, grupo delictivo organizado, grupo estructurado, entrega vigilada, embargo preventivo, delito determinante