Ficha Técnica
Ley 1349 de 2009
Resumen General
Este tratado tiene como objetivo común fortalecer y profundizar las relaciones de las partes firmantes en todos los ámbitos del Acuerdo, mediante el desarrollo del diálogo político y la intensificación de la cooperación, cuyo objetivo es trabajar para crear las condiciones que les permitan negociar, sobre la base de los resultados del programa de trabajo de Doha, un acuerdo de asociación viable y mutuamente beneficioso, incluido un acuerdo de libre comercio. Igualmente, la aplicación del acuerdo tiene como finalidad contribuir a crear condiciones mediante la búsqueda en la Comunidad Andina de la estabilidad política y social, la profundización de su proceso de integración regional y la reducción de la pobreza en el marco del desarrollo sostenible; regular el diálogo político y la cooperación entre las Partes y contiene las disposiciones institucionales necesarias para su aplicación.
Busca fundamentar el respeto de los principios democráticos y los derechos humanos fundamentales enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como de los principios que sustentan el Estado de Derecho; el compromiso de promover el desarrollo sostenible y contribuir a la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio; reitera la adhesión a los principios de la buena gobemanza y a la lucha contra la corrupción.
Se acuerdan que la cooperación prevista en el Acuerdo Marco de Cooperación de 1993 se reforzará y ampliará a otros ámbitos, la cual se centrará en: a) Refuerzo de la paz y la seguridad; b) Promoción de la estabilidad política y social a través del refuerzo de la gobernanza democrática y el respeto de los derechos humanos; c) Profundización del proceso de integración regional entre los países de la región andina para contribuir a su desarrollo social, político y económico, incluido el desarrollo de la capacidad productiva y el refuerzo de su capacidad de exportación; d) Reducción de la pobreza, generación de una mayor cohesión social y regional y promoción de un acceso más equitativo a los servicios sociales y a los frutos del crecimiento económico, garantizando un equilibrio adecuado entre los componentes económicos, sociales y medioambientales en un contexto de desarrollo sostenible.
Así mismo, acuerdan que la cooperación tiene en cuenta los aspectos relacionados con el desarrollo socioeconómico, incluyendo los relativos a las cuestiones de género, el respeto de los pueblos indígenas, la prevención y la gestión de las catástrofes naturales, la conservación y protección del medio ambiente y la biodiversidad, e impulsará la investigación y el desarrollo tecnológico.
Las Partes acuerdan, igualmente, fomentar las medidas destinadas a propiciar la integración regional de la región andina y fortalecer las relaciones interregionales entre las Partes. b) Refuerzo del Estado de Derecho y la gestión eficaz y transparente de los asuntos públicos, incluida la lucha contra la corrupción a nivel local, regional y nacional; c) Garantía de un sistema judicial independiente y eficiente; d) Aplicación y difusión de la Carta Andina para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos.
Ley
1349 de 2009
“Por medio de la cual se aprueba el ‘Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la Comunidad Andina y sus Países miembros (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela), por otra parte’, hecho en Roma, el quince (15) de diciembre de dos mil tres (2003)”.
Julio 31 de 2009
Congreso de la República
A través de la Ley los Estados partes reiteran su “adhesión a los principios de la buena gobernanza y a la lucha contra la corrupción” (Art. 1); acuerdan que, entre otros asuntos, prepararán el camino para nuevas iniciativas destinadas a lograr objetivos comunes y establecer una base común en ámbitos como la lucha contra la corrupción (Art. 3); entre los objetivos de la Ley se encuentra el “refuerzo del Estado Social de Derecho y la gestión eficaz y transparente de los asuntos públicos, incluida la lucha contra la corrupción a nivel local, regional y nacional” (Art. 6); y, en el Art. 10 que prevé la cooperación en materia de modernización de la Administración Estatal y Pública en su numeral 2 señala que tal cooperación podrá incluir, entre otras, programas destinados a desarrollar las capacidades necesarias para la concepción y aplicación de políticas como la lucha contra la corrupción.
Cooperación, estabilidad política, integración regional, reducción de la pobreza, principios democráticos, Estado de Derecho, diálogo político, buena gobernanza, lucha contra la corrupción.